INTRODUCCION

  •  Regular los requisitos materiales, funcionales y de personal que deben reunir los centros residenciales para personas mayores, definir la atención y las condiciones necesarias  para su autorización de funcionamiento, acreditación y homologación.
  • Definir un modelo de atención que realmente se centre en las personas, respetando su autonomía y sus derechos.


PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN 

PRINCIPIO DE NORMALIZACION:

La vida de la persona usuaria en el centro deberá ser lo mas parecido posible a las de cualquier ciudadano.




PRINCIPIO DE INTEGRACIÓN: 

En el ámbito de la vida familiar, social, política y cultural de las personas residentes, se las  buscara mantener  su entorno comunitario, facilitando el acceso y la posibilidad de utilizar los recursos comunitarios en igualdad con el resto de la población.


PRINCIPIO DE ATENCIÓN PERSONALIZADA E INTEGRAL:  

Desde un enfoque de atención centrada en la persona se promoverán modelos de atención integral, personalizada y adaptada a las necesidades de cada persona usuaria. Asimismo, teniendo en cuenta la singularidad de cada persona, se respetará su intimidad y dignidad y se prestaran los apoyos necesarios para que conserve su identidad única.


PRINCIPIO DE AUTONOMIA :

En el ámbito de la vida cotidiana de las personas usuarias se respetarán sus valores, deseos, y creencias siempre que no afecten negativamente al resto de sus compañeros o compañeras y se promoverá la independencia  recibiendo los apoyos necesarios.

PRINCIPIO DE INTEGRLIDAD: 

La atención que se preste a cada persona usuaria deberá ser integral,  deberá abarcar, debidamente coordinados entre sí, los aspectos sanitarios, sociales, psicológicos, ambientales, convivenciales, culturales y otros análogos.


PRINCIPIO DE AUTODETERMINACIÓN:  

En el ámbito de la toma de decisiones, se informará, orientará y se prestarán las ayudas necesarias para que las personas usuarias puedan continuar con su proyecto de vida, y sean ellas mismas quienes ejerzan el control sobre los asuntos que les afectan.


PRINCIPIO DE AUTONOMIA :

Con objeto de lograr la plena integración de las personas usuarias en el centro residencial se deberá potenciar su participación en las actividades y en el funcionamiento general del mismo, teniendo en cuentas sus preferencias, gustos y deseos.


PRINCIPIO DE PROFESIONALIZACIÓN: 

Sin perjuicio de la labor del voluntariado social, todo el personal del centro residencial deberá tener las competencias técnicas, relacionales y éticas para prestar unos cuidados de calidad.



UBICACIÓN

  • Los centros residenciales para personas mayores se ubicarán en un entorno no aislado y próximo a servicios comunitarios. En todo caso, estarán debidamente comunicados con el centro del municipio mediante transporte público o las residencias facilitarán otro medio alternativo de transporte diario al centro del municipio.
  • La zona de ubicación reunirá las debidas condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad, y contará con accesos y alrededores inmediatos bien iluminados.

  •  Deberán disponer de jardines o espacios exteriores donde poder pasear o facilitar el acceso a plazas o jardines públicos.

  • Deberán estar identificadas mediante rótulos o placas que sean visibles desde la vía pública y situados en su entrada o acceso principal.

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CONDICIONES DE HABITABILIDAD 

ILUMINACION Y VENTILACION NATURAL:

Se dispondrá de iluminación y ventilación natural y directa en habitaciones, salas de estar y actividades y comedor. Además, todas las salas y dependencias cerradas que puedan ser utilizadas habitualmente por las personas usuarias o el personal, deben disponer de ventilación y renovación del aire. 


CONFORT TERMICO:

Se asegurará el confort térmico garantizando una temperatura interior igual o superior a 21 °C e inferior a 27 °C. En ningún caso se admitirá la utilización de sistemas de calefacción susceptibles de provocar llama por contacto directo o proximidad.


TELEFONO:

El centro residencial debe contar con al menos un teléfono que permita a las personas usuarias recibir y realizar llamadas exteriores en condiciones de privacidad, disponiendo como mínimo de un teléfono por módulo.


PROTECCION CONTRA INCENDIOS:

Se deberá cumplir todas las obligaciones que se deriven de las disposiciones vigentes en materia de instalación y funcionamiento de maquinaria, seguridad de instalaciones, medidas de autoprotección frente a emergencias, sistemas de prevención de incendios y cualesquiera otras que se determinen en la legislación sectorial, garantizando la adecuada información y formación del personal y de las personas usuarias.



ACCESIBILIDAD

  1.  En todas las habitaciones, los aseos y los baños podrá inscribirse un círculo libre de obstáculos de 1,50 m de diámetro
  1. Los centros residenciales para personas mayores deberán contar con la gama necesaria de productos de apoyo, y en número suficiente, para la atención y la movilización de las personas con movilidad reducida.
  1. En las zonas de circulación de personas usuarias se instalarán pasamanos, en ambos lados y a una altura de 90 ± 5 cm. 
  1. Se utilizará el contraste cromático en paredes, suelos y mobiliario con el fin de garantizar la visibilidad o diferenciación de espacios y sus elementos.


DISTRIBUCIÓN DE ESTANCIAS

Zona de administración: 

Comprenderá las dependencias destinadas a funciones de gestión y administración y las destinadas a las funciones de intervención del resto del personal técnico.

Área sanitaria:

 Espacios de sala de consulta, cuarto de curas y botiquín, sala de fisioterapia y espacio dedicado al servicio de farmacia o al depósito de medicamentos. 

 Áreas comunes generales: 

En centros residenciales de más de 25 plazas, que comprenderán los espacios destinados a salas de estar, salas de actividades y aseos, comunes para todos los módulos.

Vestuarios y aseos para el personal. 

Módulos:

  1.   Áreas comunes: comedor y sala de estar.
  1.   Habitaciones. 
  1.  Baños y aseos. 
  1. Office.

Zona de servicios:

 Tendrá, entre otros, los espacios de cocina, almacenes y lavandería.

LA ATENCIÓN INTEGRAL CENTRADA EN LA PERSONA

  • La atención que se preste en los centros residenciales a cada persona residente deberá ser integral, que deberá abarcar, debidamente coordinados entre sí, los aspectos sanitarios, físicos, sociales, psicológicos, ambientales, convivenciales, relacionales, culturales y otros.

  • Se prestará, una atención personalizada adaptada a las necesidades de cada residente, mediante la elaboración de un plan de atención individualizado (PAI).
  • Respetar la individualidad y las diferencias personales.
  • Ayudar a las personas a preservar capacidades y actitudes que le permitan ejercer un control de su vida en función de sus limitaciones y facultades y a responsabilizarse de ella.

  • Dinamización sociocultural: existirá un programa de animación socio-cultural, que tendrá unos contenidos de ocio activo y una metodología de participación que propicien la integración y el mantenimiento activo de las personas usuarias. 
  • Trabajo social: la atención social y familiar, las prestará el trabajador o la trabajadora social
  • .Apoyo a familiares: se procurará el apoyo a las familias, trabajando especialmente la información y asesoramiento de la familia para lograr una mejor relación con la persona usuaria, facilitando su colaboración si así lo desea en los cuidados de su familiar y la participación en el plan de atención.
  • Servicios de restauración: el servicio de restauración se realizará respetando el cumplimiento de una correcta nutrición, adaptándose en cantidad, calidad y variedad a las necesidades específicas de las personas usuarias.  

Condiciones minimas 

  • Atención sanitaria: El centro residencial facilitará el acceso a la atención sanitaria, respetando la elección efectuada por las personas usuarias. Se deberá garantizar que todas las personas usuarias reciban la atención sanitaria necesaria por medios propios o ajenos.
  •  Higiene: se prestará servicio de higiene a todas las personas usuarias en función de sus necesidades y con el debido respeto a su intimidad.
  • Readaptación para las actividades de la vida diaria:  Ayudar a las personas a mantener o mejorar sus habilidades, como moverse, relacionarse y participar en actividades.
  • Fisioterapia y rehabilitación para recuperar funciones perdidas o al mantenimiento de las existentes para evitar que se deterioren. 
  •  Asistencia psicológica: se prestará a las personas usuarias que lo precisen.

 

  • El desplazamiento desde la habitación a las áreas comunes de la unidad sea limitado en distancia y no sea necesario el uso de ascensor.
  • Todas las camas serán articuladas y con ruedas, con tren elevador, y con barras de protección. 
  •  Todos los accesos a la unidad de psicogeriatría contarán con puertas que dispongan de cerradura de seguridad evitando las cerraduras con llaves.
  • Se evitará una excesiva estimulación (ruidos ambientales, música).
  • Se utilizarán colores pastel, cálidos y suaves, evitando la gama de rojos, granates, etc. 
  •  Se facilitará la orientación de las personas usuarias, a través de colores específicos en cada puerta de habitación de la unidad, con el nombre y la foto de la persona residente.

UNIDAD DE PSICIOGERIATRÍA

Personas mayores afectas de procesos demenciales (alzheimer, demencias vasculares y otras) o con enfermedad mental o discapacidad intelectual con deterioro cognitivo.

  • Prestar una atención integral.
  • Minimizar el riesgo de fugas. 
  •  Evitar en la medida de lo posible las sujeciones físicas y las contenciones farmacológicas. 
  • Favorecer la libre deambulación.
  • Garantizar a los familiares de las personas usuarias la seguridad de que están siendo atendidas de la mejor forma posible.

 

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